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10 junio 2007

Límites para el tráfico de datos personales


 DOMINGO 10 de Junio de 2007 - ENVIAR POR E-MAIL
Hugo ( hugo_ambrosi@yahoo.com.ar ) envía esta nota desde LANACION.com.

Comentario:
Algo que no podemos desconocer. ¿Que pasa con las bases estadísticas? ¿Han sido declaradas?

Tecnología
Límites para el tráfico de datos personales

http://www.lanacion.com.ar/informaciongeneral/nota.asp?nota_id=915881



En la era de la información, uno tiene una identidad hecha de datos. Renglones de nuestra historia clínica; DNI, apellido, nombre, estado civil; qué compramos y cómo; con quién hablamos por teléfono; qué sitios web visitamos y cuán a menudo; qué libros leemos, o si preferimos las revistas, la TV o salir a correr; qué religión profesamos; qué comemos y con qué frecuencia; dónde fuimos de vacaciones, cuándo, con quién

Transmigración binaria de nuestra biografía; radiografía pormenorizada de lo que somos; retrato abstracto; fotocopia existencial; remedo impreso que ojos indiscretos podrían husmear o refrito digital que puede enviarse a las antípodas y analizarse con programas de minería de datos: nuestros datos personales.

Tan significativos como privados, tan privados como expuestos, tales datos están protegidos en la Argentina por la ley 25.326, sancionada el 4 de octubre de 2000, "para garantizar el derecho al honor y a la intimidad de las personas, así como también el acceso a la información que sobre las mismas se registre, de conformidad con lo establecido en el artículo 43, párrafo tercero de la Constitución nacional".

Reglamentada en 2001 por el decreto 1558 de ese año, el primer paso para que la ley entre en vigor es que las bases de datos públicas o privadas se registren en la Dirección Nacional de Protección de Datos Personales (Dnpdp), cuyo plazo venció en abril de 2006. No obstante, dijeron en esa dirección a LA NACION, la Dnpdp "continúa inscribiendo diariamente bases de datos y se está evaluando una nueva ampliación". Hoy ya hay 25.000 formularios inscriptos y 18.000 aprobados.

"Como ocurrió en España, que también tiene una excelente ley de protección de datos personales (en la que se basó la nuestra), el proceso que va desde la sanción de la ley hasta que el público toma conciencia del valor de sus datos lleva bastante tiempo", sostiene Andrés Gil, director de Servicios de Seguridad y Privacidad de la consultora Deloitte Argentina. "En España -continúa-, la ley de protección de datos personales se aprobó en 1992 y sólo hoy es asunto de conocimiento público. En la Argentina creemos que se llegará a ese estado de cosas hacia 2010."

También en papel

Uno de los aspectos más positivos de la ley, entiende Gil, es que no considera que los datos tengan que estar almacenados electrónicamente para que queden amparados: "Si un hospital tiene historias clínicas en papel, también debe protegerlas".

Pero ¿protegerlas de qué? Las 23 carillas de la ley de protección de los datos personales es minuciosa y vale la pena leerla ( http://infoleg.mecon.gov.ar/infolegInternet/anexos/60000-64999/64790/norma.htm ); es, diríamos, algo personal.

Por ejemplo, los ciudadanos tienen derecho a saber cómo serán usados los datos que se les solicitan, y éstos no pueden ser empleados para otro fin que aquél que se informó en el momento de la recolección. Cada persona tiene derecho a saber qué información está almacenada acerca de ella; nadie puede ser obligado a proporcionar datos sensibles ("origen racial; opiniones políticas; convicciones religiosas, filosóficas o morales; afiliación sindical e información referente a la salud o a la vida sexual"), y queda expresamente prohibido acopiar datos de esta clase.

Desde luego, hay excepciones. Los sindicatos y los partidos pueden llevar un registro de sus miembros, y los hospitales e institutos científicos pueden tratar con datos relativos a la salud física; en este caso, se imponen el tradicional secreto profesional y el contundente inciso 2 del artículo 9 de la ley: "Queda prohibido registrar datos personales en archivos, registros o bancos que no reúnan las condiciones técnicas de integridad y seguridad".

"La calidad de la ley hace que a la Argentina se le abran puertas para ofrecer servicios internacionales, como los call centers ", señala el ejecutivo de Deloitte, pero también asegura que aún hay mucho camino por recorrer.

La consultora concluyó hace poco una encuesta sobre 70 empresas de variada talla y descubrió que el 62% no sabía que ya había vencido el plazo para registrar sus bases de datos personales. Botón de muestra.

Dijo Andrés Gil: "Cuando el tema encarna en la gente, se da el paso decisivo para que se cumpla la ley, ya que funciona principalmente sobre la base de denuncias de particulares". O de oficio, ante la sospecha de un incumplimiento, según apunta un comunicado de la Dnpdp.

Para más información, el lector puede visitar www.jus.gov.ar/dnpdpnew /.

Por Ariel Torres
De la Redacción de LA NACION


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