Logo in Spanish

02 marzo 2009

Elogio de las formas

Elogio de las formas

Lucas S. Grosman

La Nacion


Hay piquetes para todos los gustos en la Argentina. De clase baja, de clase media y hasta de clase alta. Motivados por cuestiones ambientales, sociales, educativas, gremiales y laborales. Urbanos, suburbanos y rurales. Los hay, incluso, internacionales. Cortar rutas, calles y vías se ha convertido, entre nosotros, en una manera cotidiana de reclamar.

No nos engañemos: no se piquetea por trivialidades. En la mayoría de los casos, los manifestantes no se lanzan a las calles por gusto o aburrimiento, sino que lo hacen para canalizar un reclamo fundamental para sus intereses. Esto, claro está, no quiere decir que en todos los casos los manifestantes tengan razón. Pero, por lo menos en algunas ocasiones, sí la tienen: reclaman algo que les está siendo negado injustamente. La pregunta, precisamente, es si eso importa. Dicho de otra manera: a la hora de juzgar si un modo particular de reclamo debe ser permitido o no, ¿debemos tener en cuenta si el peticionante tiene razón?

Entiendo que no. No deberíamos justificar una forma de reclamo sólo porque creemos que los manifestantes tienen razón, del mismo modo en que no deberíamos condenarla porque creemos que no la tienen. Uno y otro extremo resultan incompatibles con un tratamiento del reclamo que se centre en su forma, no en su sustancia.

Esto, en nuestro país, resulta contracultural. A los argentinos nos gusta ir al fondo de la cuestión. Despreciamos las formas, los procedimientos, la institucionalidad, así como despreciamos todo aquello que obstaculice la consecución de los objetivos, siempre impostergables, que queremos alcanzar.

Este es un aspecto central de nuestra tragedia. La vida civilizada depende del respeto por las formas. No me refiero, claro está, a las normas de etiqueta, sino a las reglas básicas tendientes a encauzar los conflictos sociales de manera ordenada, general e imparcial.

La imparcialidad de las formas no sólo se refiere al sujeto que reclama, sino también al mérito sustantivo de su posición. Si en un juicio una de las partes sostiene una postura errónea, ello es, sin dudas, una razón para que esa parte pierda el juicio, pero no para reducirle el plazo para apelar. Del mismo modo, se debe distinguir entre el mérito sustantivo de las ideas defendidas por una corriente política y su derecho a que las reglas que regulan los procesos electorales le sean aplicadas de manera imparcial. Para castigar a los malos candidatos, debemos recurrir al voto, no al Código Electoral. Se trata de distinguir el fondo de la forma.

Es verdad que no siempre las formas son tan insensibles al fondo. De hecho, el ejemplo mismo del proceso judicial puede despertar algunas dudas: a veces, se me dirá, los jueces tienden a ser más flexibles en su aplicación de las formas, cuando creen que el fondo de la cuestión lo amerita. Probablemente, un juez imaginativo encontrará la forma de estirar un poco el plazo de la apelación cuando la sentencia que se quiere apelar es manifiestamente injusta. Es cierto. Pero esto, convengamos, es marginal y excepcional. Para tener un sistema de justicia que funcione razonablemente bien, las formas deben respetarse de manera generalizada. Cuando de formas se trata, respetarlas es la regla; apartarse de ellas, la excepción.

Creo, por ello, que nuestra discusión no debería girar en torno a si existe un derecho general a reclamar -algo que considero indudable-, sino a las formas concretas que ese derecho puede adoptar. La respuesta que demos a este interrogante debe ser tal que estemos dispuestos a mantenerla más allá de lo que creamos acerca del contenido de cada reclamo en particular.

En este sentido, debemos aspirar a satisfacer el siguiente test: la regulación del reclamo debe ser tal que, si ella implica que está permitido reclamar de una manera A y prohibido hacerlo de una manera B, estemos dispuestos tanto a permitir reclamos injustos realizados de la manera A como a prohibir reclamos justos realizados de la manera B, en la que "justo" e "injusto" se refieren al mérito sustantivo del reclamo.

Así, por ejemplo, si regulamos el derecho al reclamo de tal manera que se permita volantear, pero se impida pintar paredes, para poner a prueba esta regulación debemos preguntarnos si estamos dispuestos tanto a permitir que un grupo volantee a favor de un reclamo injusto (por ejemplo, penalizar la homosexualidad) como a prohibir que otro grupo pinte paredes a favor de un reclamo justo (por ejemplo, las jubilaciones dignas).

Creo que algunas formas bastante comunes de reclamar en la Argentina no pasarían este test. Respecto de los casos más extremos, por lo menos, no me cabe duda alguna. Si la principal razón por la que, en ocasiones, toleramos estas formas de reclamo es que tendemos a simpatizar con la sustancia del reclamo. Entonces, tenemos un problema: una regulación centrada en las formas no es compatible con tal justificación.

No pretendo sugerir, desde ya, que este test nos da una respuesta unívoca. Se trata, tan solo, de una manera de plantear la pregunta. Pero esta manera de plantear la pregunta tiene la virtud de que nos obliga a poner el énfasis en la imparcialidad y en la generalidad, dos valores centrales en todo análisis centrado en las formas y, por eso mismo, ausentes en los enfoques predominantes sobre la cuestión.

Sin embargo, ésta es sólo la mitad del problema. En efecto: aunque es inevitable que ciertos reclamos justos deban ser restringidos debido a la forma en que se canalizan, no podemos dejar de preguntarnos por qué, en nuestro país, tantos reclamos, justos e injustos, se efectúan por fuera de las formas establecidas. Más allá de la diversidad de los factores, muchos de ellos culturales, que explican este fenómeno, seguramente una parte importante del problema es que los canales formales no resultan adecuados. Nuestros procedimientos tienden a ser lentos, ineficaces y viciados por el exceso ritual, que no es el respeto por las formas, sino su perversión. Nuestra predilección por las cuestiones de fondo nos ha llevado a olvidarnos de las formas por demasiado tiempo; no sólo de cumplirlas, sino también de aceitarlas, ajustarlas y mejorarlas de manera regular para que cumplan su cometido.

Es así que hoy estamos atrapados en un círculo vicioso o, peor aún, en una espiral. Nuestro desprecio por las formas, en parte motivado por su ineficacia, nos lleva a ignorarlas o circunvalarlas, con lo cual las socavamos sistemáticamente y reducimos aún más los incentivos para mejorarlas, y así sucesivamente. Para salir de esta trampa debemos hacer dos cosas: abocarnos a la tarea de aplicar las formas de manera general e imparcial, y preocuparnos de manera constante y sistemática por que las formas funcionen de la mejor manera posible. En un país tan proclive a ser casuista, excepcionalista y anómico, como el nuestro, el desafío no es menor. De allí su urgencia.

El autor es director del doctorado en Ciencia Política de la Universidad de Belgrano.

Visitas

Búsqueda

Google

Mapa de visitantes

Myspace Map

Clima... más estadística